Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110325-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

URBANISMO

63
Plan Especial

Se hace saber que por el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 2 de marzo de 2011 se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Desestimar la alegación presentada por don Pedro López García con fecha 17 de septiembre de 2010, Reglamento General del Ayuntamiento número 2010001682, conforme a la motivación argüida en el informe técnico-jurídico que consta en el expediente del siguiente tenor literal: “El interesado no plantea alegación alguna con respecto al Plan Especial, habida cuenta que referente a este, solo menciona que el uso del local de negocio arrendado no está prohibido en el Plan Especial.

Por otro lado, alega cuestiones que corresponde valorar en el proyecto de reparcelación, lo que no es objeto de este procedimiento.

Finalmente, se considera que el plazo legalmente establecido en la legislación, un mes desde la notificación al interesado, es suficiente para la valoración del Estudio de Detalle, sin que sea necesario su ampliación, máxime atendiendo a las alegaciones que ya ha formulado, por todo lo cual se propone desestimar la alegación formulada por don Pedro López García”.

Segundo.—Aprobar el nuevo documento presentado para su aprobación definitiva del Plan Especial de la UE-135 “Manzana calle Silos de la Hoz”, que contiene el texto aprobado inicialmente por decreto de Alcaldía de 26 de julio de 2010 y las modificaciones introducidas conforme al informe emitido por la Dirección de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de fecha 31 de enero de 2011.

Tercero.—Comunicar el acuerdo de aprobación definitiva del presente Plan Especial al órgano competente de la Comunidad de Madrid, en el plazo de diez días, y remisión de un ejemplar del documento técnico al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme dispone el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, y notificación del mismo a la propiedad de los terrenos objeto del presente Plan Especial y arrendatario de local.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa. Contra los vicios específicos de que adoleciere el acto de aprobación, puede interponerse potestativamente recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el mismo órgano que lo dictó, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde la misma fecha, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Contra el contenido del Plan Urbanístico aprobado, solo podrá interponerse directamente el mencionado recurso contencioso administrativo, en el mismo plazo y ante el mismo órgano jurisdiccional, por su naturaleza de disposición general.

Arganda del Rey, a 11 de marzo de 2011.—El gerente municipal de Urbanismo, Luis Bremond Triana.

(02/2.669/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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