Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2011

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110325-33

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2011, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de Acuerdos de Inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de vías pecuarias y protección animal.

Habiéndose procedido por esta Dirección General a la iniciación de procedimientos sancionadores por supuesta infracciones en materia de vías pecuarias y protección animal, y no habiendo sido posible la notificación de los mismos en los domicilios de sus destinatarios, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único.

Lo que se comunica a los interesados, los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 en relación con el artículo 28 del citado texto legal, podrán formular recusación, en cualquier momento de la tramitación del expediente, contra el Instructor del procedimiento, cuyos datos le serán facilitados en la Dirección General del Medio Ambiente, Sección de Expedientes Sancionadores, ronda de Atocha, número 17, quinta planta, 28012 Madrid.

Asimismo, y en aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública en la Comunidad de Madrid, en los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, podrán solicitar ante el Instructor del procedimiento la práctica de las pruebas que estimen pertinentes, pudiendo, igualmente, aducir alegaciones en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid). Los datos personales contenidos en estos documentos serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante esta Dirección General como responsable de los mismos. Igualmente, podrán ser cedidos a cuantas instituciones u organismos proceda, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.

En Madrid, a 11 de febrero de 2011.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 14 de mayo de 2009), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES

Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción administrativa. — Posible sanción. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia

Fatih el Mardi. — X-3040513-M. — Calle Calvo Sotelo, número 47, 28490 Becerril de la Sierra (Madrid). — V.PEC-21/11. — Artículo 21.3.b) de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en relación con el artículo 16 de la misma Ley, y el artículo 43 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, calificada como grave. — 601,02 a 30.050,61 euros. — Competente el Director General del Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 de la Ley16/1995, de 4 de mayo, de Protección Forestal y de la Naturaleza de Madrid, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Belén Cortes Martín. — 50547965-Z. — Calle San Timoteo, número 22, bajo, 28011, Madrid. — PA-1/11. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, calificada como muy grave. — 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.b) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001; todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

María Luisa Jiménez Ayllón. — 1085751-J. — Calle Laín Calvo, número 13, primero B, 28011 Madrid. — PA-2/11. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, calificada como muy grave. — 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.b) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001; todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Pedro Díaz Cortés. — 51407943-E. — Calle Juan Gris, número 3, escalera 2, cuarto, puerta 2, 28529 Rivas-Vaciamadrid (Madrid). — PA-3/11. — Artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, calificada como muy grave. — 2.404,06 euros a 15.025,30 euros. — Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.b) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, estando actualmente delegada la competencia en la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 25 de octubre de 2001; todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

(03/9.731/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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