Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110325-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

EDICTO

97
Procedimiento 391 de 2009

Doña Zulema Sepúlveda García, secretaria del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

En el procedimiento de divorcio contencioso 391 de 2009, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 2 de diciembre de 2010.—Doña María Serantes Gómez, magistrada-juez de primera instancia número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso 391 de 2009 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Naiara Rocío Linzaza Reina con procuradora doña María del Mar Hornero Hernández y letrada doña Begoña López Dorna, y de otra como demandado don Idowu Hashim Shittu, declarado en situación de rebeldía procesal, y,

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora doña María del Mar Hornero Hernández, en nombre y representación de doña Niara Rocío Linzaza Reina frente a don Idowu Hashim Shittu, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Idowu Hashim Shittu y doña Naiara Rocío Linzaza Reina celebrado el día 11 de junio de 2002 en Madrid con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, haciendo saber a las partes que si presentaran escrito anunciado su intención de interponer recurso de apelación deberán acreditar, al tiempo de su anuncio, haber depositado el importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, al número de cuenta 3459/0000/02/0391/09.

Lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Idowu Hashim Shittu, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 10 de febrero de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/9.065/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110325-97