Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2011

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110225-24

Páginas: 29


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueba y publica la relación provisional de adjudicación de plazas del concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Auxiliar de Enfermería del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en la base 7.1 de la Resolución de 7 de julio de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Auxiliar de Enfermería del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de julio de 2010), esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Aprobar la relación provisional de adjudicación de plazas en la categoría de Auxiliar de Enfermería del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, derivadas de la participación en el presente concurso de traslados, y que se hace pública en el Anexo a esta Resolución.

Segundo

Según lo dispuesto en la base 7.2 de la convocatoria y de conformidad con lo establecido en los artículos 18.2 y 18.3 del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, se abre un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación, para formular reclamaciones contra esta Resolución provisional. Estas reclamaciones se entenderán rechazadas de no aparecer admitidas en la Resolución definitiva, que se aprobará por la autoridad convocante y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a efectos informativos en la página web de la Comunidad de Madrid, no habiendo lugar a comunicación individualizada de las reclamaciones presentadas.

Tercero

En el mismo plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a esta publicación, y de acuerdo con lo dispuesto en la base 3.6, los concursantes podrán desistir de su participación en el concurso, si bien aquellos que concursen en situación de reingreso provisional y desistan serán declarados de oficio en situación de excedencia voluntaria.

El desistimiento de un concursante que hubiese condicionado su solicitud de traslado a la de otro concursante, conforme a la base 3.4, será personal, por lo que no supondrá el desistimiento del otro concursante, salvo declaración expresa y firmada del mismo.

Cuarto

La relación provisional de adjudicación de plazas incluye las puntuaciones alcanzadas en este concurso de traslados, por aplicación del baremo que se publicó con la convocatoria, así como los concursantes excluidos con la expresión de la causa de exclusión, de acuerdo con la siguiente clasificación:

Causas de exclusión:

A) Solicitud presentada fuera de plazo.

B) No aportar la documentación exigida en la convocatoria.

C) No haber prestado servicio en la plaza actualmente desempeñada en propiedad, y desde la que concursa, durante al menos un año con anterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de solicitudes.

D) En el caso de concursar desde la situación de excedencia voluntaria, no acreditar al menos dos años en tal situación con anterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de solicitudes.

K) Ostentar una categoría distinta a la que se concursa.

M) No acreditar al menos dos años desde su integración como personal estatutario, en el caso del personal del Hospital Militar “Gómez Ulla”.

Dada en Madrid, a 18 de febrero de 2011.—El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.

ANEXO

CONCURSO DE TRASLADOS DE PERSONAL ESTATUTARIO

Relación provisional de adjudicación de plazas

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(03/6.747/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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