Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110128-257

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

257
Ejecución 113 de 2010

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 113 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Salvador de Dios Valero, contra la empresa “Montajes Dual, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Conforme a lo acordado en los autos de referencia, seguidos contra la demandada indicada, en resolución del día de la fecha se le interesa y requiere para que informe acerca de los reintegros pendientes de abono que la ejecutada en este procedimiento tuviera a su favor en esa delegación por devoluciones de impuesto sobre el valor añadido, impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro impuesto, cantidades que de existir deberán ser retenidas y puestas a disposición de este Juzgado de forma inmediata mediante transferencia a la cuenta número 0030/1143/2810/0000/00/1845/09, abierta en “Banesto”, oficina sita en la calle Orense, número 19 de Madrid, debiéndose indicar los siguientes datos:

En la casilla correspondiente al ordenante se identificará a la persona física o jurídica titular de los reintegros pendientes de abono, así como la cantidad que se transfiere.

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Marcos Ramos Valles.—En Madrid, a 15 de diciembre de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de la parte ejecutante don Salvador de Dios Valero, frente a “Montajes Dual, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 9.913,07 euros de principal, más 1.982 euros que se fijan provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículo 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en el que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes Dual, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.141/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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