Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101025-105

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

URBANISMO

105
Sanción en materia de urbanismo

Por la Junta de Gobierno de Villaviciosa de Odón, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de septiembre de 2010, se adoptó el siguiente acuerdo:

27. Aprobación, si procede, de sanción en materia de urbanismo (expediente 15/10).

Vista la propuesta de acuerdo, así como los informes técnicos que constan en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:

Primero.—Imponer a la mercantil “Dieta Informática Sana, Sociedad Limitada”, una sanción de 600.000 euros por la comisión de una infracción urbanística grave tipificada en el artículo 204.3.a) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, consistente en obras de construcción de viviendas sin la cobertura formal de licencia preceptiva en la finca de su propiedad, sita en la calle Guadiana, número 115, de este municipio.

Segundo.—Notificar el presente acuerdo al interesado.

Lo que notifico a usted, significándole que el acto anteriormente expresado tiene carácter definitivo, pudiendo interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a tenor del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Transcurrido el plazo anterior podrá impugnar el acto directamente mediante la interposición de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación. Igualmente, podrá utilizar otros recursos si lo estimase oportuno.

Villaviciosa de Odón, a 30 de septiembre de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/10.024/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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