Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101025-95

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OFERTAS DE EMPLEO

95
Convocatoria provisión plaza oficial mantenimiento

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO

Personal funcionario

BASES

Primera. Objeto de la convocatoria

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de oficial de Mantenimiento (código 348), personal funcionario, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, grupo C, subgrupo C2, nivel de complemento de destino 14, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo, en la plantilla y en la Oferta de Empleo Público de 2007. El número de plazas a cubrir podría ampliarse de producirse nuevas vacantes antes de concluir el presente proceso selectivo.

El presente proceso selectivo servirá para la confección de una eventual lista de espera para posibles vacantes de la plaza/puesto que se produzcan en la plantilla.

1.2. La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Ley 30/1992, de 26 de noviembre; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y Ley 7/2007, de 12 de abril, así como en la restante legislación aplicable al personal funcionario al servicio de la Administración Local y a las normas de esta convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.4. Las funciones propias de la plaza serán, entre otras, las siguientes:

— Mantenimiento básico.

— Mantenimiento de albañilería.

— Mantenimiento de carpintería-cerrajería.

— Mantenimiento de fontanería.

— Electricidad en baja tensión, tanto de mantenimiento como de nuevas instalaciones.

— Electrónica y telefonía.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o ciudadano de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, FP I o equivalente con arreglo a la legislación vigente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Permiso de conducir clase B1.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

f) No tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión. Una vez nombrado funcionario no podrá ejercer otras actividades que sean incompatibles con el ejercicio del cargo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa sobre incompatibilidades de los funcionarios.

g) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo, escala o categoría profesional objeto de la convocatoria.

Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de convocatoria antes del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera. Documentación y presentación de las solicitudes

3.1. Documentación: las instancias solicitando tomar parte en el concurso se presentarán en el Registro Municipal y se dirigirán al alcalde-presidente, haciendo constar en ellas que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda.

A las solicitudes deberá acompañarse copia del DNI, copia del recibo bancario de haber ingresado los derechos de examen, copia de la titulación exigida en la convocatoria y currículum vítae junto con la documentación acreditativa, en su caso, de los méritos correspondientes, de acuerdo a los apartados y baremos de la base quinta, detallando estudios, cursos, experiencia profesional, conocimiento y manejo de programas informáticos, etcétera. A efectos de las calificaciones solo serán tenidos en cuenta los méritos probados con documentos originales o copias compulsadas. Dicha compulsa podrá realizarse en el Registro de la Administración Pública en la que se presente la solicitud.

3.2. Derechos de participación en el proceso selectivo: los derechos de examen se fijan, con carácter general, en la cantidad de 16,80 euros.

Para personas con minusvalía igual o superior al 33 por 100, la tasa será de 12,60 euros.

Si la minusvalía fuera superior al 50 por 100, la tasa será de 8,40 euros.

Y en caso de pertenecer a una familia numerosa, será de 8,40 euros.

En estos supuestos especiales deberá acreditarse la condición de minusválido o de familia numerosa tal y como se regula en la ordenanza fiscal vigente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, de tasas por servicios de tramitación y expedición de documentos.

Los importes correspondientes deberán ingresarse en alguna de las siguientes cuentas bancarias a nombre del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes:

— “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”: 0182-5638-88-0203001640.

— “Caja Madrid”: 2038-2238-67-6000413913.

En el momento de realizar el ingreso, además de indicar el nombre del aspirante, se añadirá “Para participar en las pruebas selectivas de oficial de mantenimiento”.

3.3. Plazo: el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, después de haberse publicado íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes también podrán presentarse por correo en la forma determinada en el artículo 38.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3.4. Lista de admitidos: expirado el plazo de presentación de solicitudes, la concejala-delegada de Función Pública, Recursos Humanos, Organización, Calidad y Nuevas Tecnologías, en el plazo máximo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos (con mención expresa del motivo de exclusión, en su caso), que se hará pública en el tablón de anuncios y en la web municipal www.ssreyes.org, concediéndose a los aspirantes un plazo de diez días a efectos de reclamaciones o subsanación de errores.

Transcurrido dicho plazo, la concejala-delegada de Función Pública, Recursos Humanos, Organización, Calidad y Nuevas Tecnologías adoptará una nueva resolución con la lista definitiva de admitidos y excluidos. La misma resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contendrá también la composición nominal del tribunal calificador con sus titulares y suplentes, además del lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas selectivas.

Cuarta. Tribunal calificador

4.1. El tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

— Presidente: un funcionario municipal propuesto por la Concejalía de Función Pública.

— Vocales: cuatro funcionarios municipales propuestos por la Concejalía de Función Pública.

— Secretario: será el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

En caso de que el secretario de la Corporación resultase designado presidente o vocal del tribunal se nombrarían dos funcionarios municipales como secretario titular y suplente del mismo.

Los vocales miembros del tribunal calificador deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4, apartado e), del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

4.2. Recusación y abstención: los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal y estos abstenerse, cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El presidente del tribunal podrá nombrar asesores técnicos que colaboren en el proceso selectivo.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del presidente y el secretario y la asistencia, como mínimo, de tres de los miembros titulares o suplentes.

Quinta. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos partes: concurso, oposición y, en su caso, entrevista.

5.1. Fase de oposición: esta fase constará de dos ejercicios eliminatorios.

— Primer ejercicio: consistirá en cumplimentar en un plazo de sesenta minutos un cuestionario de 20 preguntas tipo test relacionadas con el programa que figura en el anexo I de esta convocatoria. Las respuestas incorrectas se penalizarán con 0,10 puntos.

— Segundo ejercicio: consistirá en realizar un ejercicio práctico de tareas básicas propias del puesto a cubrir (albañilería, carpintería, cerrajería, pintura, fontanería, etcétera). El tiempo de duración será determinado por el tribunal en función de las pruebas a realizar.

5.2 Fase de concurso: en esta fase se valorarán los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Experiencia profesional: por el desempeño de trabajos profesionales como oficial de mantenimiento hasta un máximo de 4 puntos (máximo 1 punto por año trabajado en la Administración Pública y 0,5 puntos por año trabajado en empresa privada).

A efectos de su comprobación es necesaria la presentación del certificado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social junto con los contratos y/o certificados que acrediten la categoría laboral.

b) Formación técnica: por la realización de cursos técnicos específicos relacionados con la plaza a cubrir y no incluidos en el programa de la titulación académica exigida en la base segunda, hasta un máximo de 4 puntos, (0,10 puntos por cada veinte horas lectivas, máximo 1 punto por curso).

c) Formación en prevención de riesgos laborales hasta un máximo de 1 punto (0,10 puntos por cada diez horas lectivas, máximo 1 punto por curso).

d) Otros conocimientos: por la acreditación de otros méritos no señalados en los apartados anteriores y relacionados con las funciones del puesto a cubrir, hasta un máximo de 1 punto.

Sexta. Calificación del proceso selectivo

6.1. Cada uno de los dos ejercicios de la fase de oposición será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 en cada uno de ellos.

La puntuación final de la fase de oposición será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio.

La fase de concurso, que valorará los méritos de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se calificará de 0 a 10 puntos.

6.2. Calificación definitiva y orden de colocación de los aspirantes: la calificación definitiva de los aspirantes se hallará por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se establecerá de mayor a menor puntuación.

Séptima. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas

7.1. Llamamiento y orden de actuación de los aspirantes: los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo para el tercer ejercicio, en el que el tribunal podrá hacerlo de forma fraccionada de acuerdo a las disponibilidades y capacidad de la sala de ordenadores en que se desarrollen las pruebas.

Salvo en casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del procedimiento selectivo.

Octava. Lista de seleccionados y propuesta del tribunal

8.1. Publicación de la lista de aprobados: concluida la calificación de las pruebas selectivas, el tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

8.2. Elevación de la lista y acta de la última sesión: concluido el proceso selectivo, el secretario del tribunal calificador elevará a la concejala de Función Pública, Recursos Humanos, Organización, Calidad y Nuevas Tecnologías propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera a los aspirantes de mayor puntuación. Al propio tiempo le enviará el acta de la última sesión. El nombramiento como funcionario de carrera, así como la posterior toma de posesión, solo se producirá una vez que el aspirante propuesto haya presentado en el Ayuntamiento los documentos acreditativos a que se refiere la base segunda.

Novena. Presentación de documentos, nombramiento y toma de posesión

9.1. Los aspirantes propuestos presentarán en el Registro del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Fotocopia autentificada u original del título académico referido en la base 2.c), o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Declaración jurada de poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las funciones propias de la plaza.

9.2. El plazo de presentación de estos documentos será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio final del proceso selectivo.

9.3. Excepciones: quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del organismo del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias concurran en su expediente personal.

9.4. Falta de presentación de documentos: los/as aspirantes propuestos que dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá tomar posesión de su puesto y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

9.5. Nombramiento y toma de posesión: concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere el apartado anterior, la concejala de Función Pública y Recursos Humanos procederá al nombramiento como funcionario/a de carrera hasta el límite de plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente. La fecha de posesión como funcionario/a del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes se efectuará en la fecha que posteriormente se acuerde.

Décima. Incidencias

Para lo no dispuesto en estas bases, se estará a lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de mayo, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y demás normas concordantes.

ANEXO

TEMARIO

1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales.

2. El municipio. El término municipal. La población. Organización municipal. Competencias.

3. El alcalde. Elección y nombramiento. Competencias.

4. Funcionamiento de los órganos colegiados. El Pleno. La Junta de Gobierno Local. Estructura del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

5. La Unión Europea: países que conforman la Unión Europea e instituciones de la Unión Europea.

6. Albañilería: clases de morteros, composición y uso.

7. Albañilería: fábricas de ladrillo, aparejos, encuentros.

8. Albañilería: revestimientos, alicatados y solados.

9. Albañilería: trabajos con paneles de yeso laminado (catón-yeso-cartón).

10. Fontanería: instalaciones interiores de agua fría y ACS.

11. Fontanería: redes interiores de desagüe.

12. Electricidad: redes de distribución interior.

13. Electricidad: equipos de iluminación.

14. Pintura: clases de pintura a usar según soporte.

15. Cerrajería: soldaduras, tipos, usos y forma de realizarse.

16. Cerrajería: herrajes y cerraduras. Aplicaciones y colocación.

17. Carpintería: herramientas manuales y equipos, tipos, aplicaciones, afilados y manejo.

18. Carpintería: herrajes, tipos, aplicaciones, funcionamiento y colocación.

19. Persianas: tipos, materiales habituales, herrajes y colocación.

20. Seguridad y salud laboral: EPIs y normas básicas de seguridad.

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En San Sebastián de los Reyes, a 5 de octubre de 2010.—La concejala-delegada de Recursos Humanos y Función Pública, María Mar Escudero Solórzano.

(02/10.071/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101025-95