Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101025-296

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

296
Demanda 1.417 de 2009

Doña Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.417 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eloy Encinas Escribano, contra doña Virginia Biencinto González, “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa”, “Servicios Integrales Fernández, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 510 de 2010

En Madrid, a 24 de septiembre de 2010.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Eloy Encinas Escribano, que comparece asistido por doña María Elena Merino González, y de otra, como demandados, doña Virginia Biencinto González, no comparece; “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa”, no comparece; “Servicios Integrales Fernández, Sociedad Limitada”, no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, comparece la letrada doña Begoña Criado Escalonilla, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que debía estimar parcialmente la demanda interpuesta por don Eloy Encinas, en concepto de reclamación de cantidad, contra las empresas codemandadas “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa” (solidariamente a sus tres socios, don José Fernández Arias, don Gregorio Linares Arias y doña Virginia Biencinto González), y “Servicios Integrales Fernández, Sociedad Limitada”, condenando a la primera codemandada al pago de la cantidad de 4.709,57 euros en concepto de principal reclamado, más 470,96 euros en concepto de interés por mora, absolviendo a la segunda empresa y el organismo Fondo de Garantía Salarial, con la advertencia para este último de sus posibles responsabilidades en los supuestos legalmente previstos.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Virginia Biencinto González, “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa”, y “Servicios Integrales Fernández, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.484/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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