Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101025-257

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

257
Demanda 211 de 2010

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 211 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Murillo Rodríguez, contra la empresa “Ediciones Zenitrán, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto con fecha 3 de agosto de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:

En el hecho probado segundo donde dice: «El demandante cesó en la prestación de servicios por despido por carta de fecha 23 de septiembre de 2009, con efectos del día 23 de septiembre de 2009»; debe decir: «El demandante cesó en la prestación de servicios por despido por carta de fecha 23 de noviembre de 2009, con efectos del 23 de diciembre de 2009».

La redacción correcta del fallo es la siguiente:

«Que estimando la demanda promovida por don Carlos Murillo Rodríguez, frente a “Ediciones Zenitrán, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido de fecha 23 de noviembre de 2009, con efectos del 23 de diciembre de 2009, y condeno a la empresa demandada a optar, en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, entre la readmisión del demandante o el abono de una indemnización por importe de 1.932 euros y, en ambos casos, le condeno al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta sentencia, a razón de 22,40 euros diarios.

En el caso de que la demandada no efectúe opción expresa en los términos antedichos, se entenderá que opta por la readmisión.»

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ediciones Zenitrán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.570/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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