Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
25-10-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101025-323

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

323
Demanda 1.135 de 2009

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.135 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Herranz García, don Eufemio Sánchez Aceituno y don Vicente Agudo del Pozo, contra la empresa “Fernández Barrio, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 478 de 2010

En Madrid, a 29 de julio de 2010.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don Emilio Herranz García, don Eufemio Sánchez Aceituno y don Vicente Agudo del Pozo, que comparecen, y de otra como demandada, “Fernández Barrio, Sociedad Limitada”, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Emilio Herranz García, don Eufemio Sánchez Aceituno y don Vicente Agudo del Pozo, frente a la empresa “Fernández Barrio, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a los actores por los períodos y los conceptos anteriormente reconocidos las cantidades siguientes:

A don Emilio Herranz García, la cantidad de 6.378,39 euros.

A don Eufemio Sánchez Aceituno, la cantidad de 6.375,13 euros.

A don Vicente Agudo del Pozo, la cantidad de 4.226,78 euros.

Más el 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente, y asimismo se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fernández Barrio, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.716/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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