Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
16-09-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100916-22

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Instituto Nacional de la Seguridad Social

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Notificación prestaciones indebidamente percibidas

La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debido a que, intentada la notificación a las personas que a continuación se relacionan, no se ha podido practicar, por el presente anuncio procede a notificar las resoluciones adoptadas en los expedientes de devolución de cantidades por prestaciones indebidamente percibidas por las causas que se indican en cada caso.

Propuesta de reintegro: el pago podrá efectuarlo ingresando su importe en la cuenta de ingresos de la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuenta de ingresos de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad social de Madrid, de “Caja Madrid”, número 2038/0626.08/7000637086.

Contra esta resolución podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (calle Serrano, número 102), en el plazo de treinta días contados a partir del mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral , aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril).

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles que los expedientes de su razón obran en las dependencias de la Subdirección de Pensiones de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid (calle Serrano, número 102, cuarta planta, 28006 Madrid).

Causa deuda: realización actividad laboral incompatible con incremento del 20 por 100 de la base reguladora de la pensión de incapacidad permanente total.

Legislación aplicable: artículo 141 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Ley de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social).

DNI. — Apellidos y nombre. — Período deuda. — Deuda (euros)

60.209.988. — Jaramillo Herrera, Manuel Amable. — 5 de noviembre de 2008 a 31 de enero de 2010. — 669,60.

Causa deuda: realización actividad laboral incompatible con la pensión de orfandad.

Legislación aplicable: artículo 3 del Real Decreto 1465/2001, de 27 de diciembre, que modifica el artículo 9 del Real Decreto 1647/1997, de 31 de octubre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 248/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social.

DNI. — Apellidos y nombre. — Período deuda. — Deuda (euros)

2.288.024. — Sánchez Serradilla, María. — 1 de enero de 2007 a 31 de diciembre de 2009. — 20.696,77.

9.051.972. — Bas Moreno-Arrones, David. — 1 de julio a 31 de diciembre de 2009. — 1.942,05.

2.293.370. — Marrupe Fernández, Ángela Vanes. — 17 de abril a 31 de diciembre de 2009. — 3.349,32.

60.356.250. — Sikora, Kamil Jacek. — 31 de marzo de 2008 a 31 de diciembre de 2009. — 4.260,69.

En Madrid, a 1 de julio de 2010.—La directora provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Carmen López Hidalgo.

(02/7.628/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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