Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
02-09-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100902-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana

Aprobadas por Resolución del concejal-delegado de Hacienda, las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2010 del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica e impuesto sobre actividades económicas, por el presente se notifica a los contribuyentes por estos conceptos, que las mismas, se expondrán al público durante el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, para que durante dicho período los legítimos interesados puedan formular, si lo estiman necesario, recurso de reposición ante este mismo órgano, previo al contencioso-administrativo, y que el cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:

Plazos

Período voluntario: desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2010, en el horario de apertura al público de las entidades bancarias colaboradoras.

Período ejecutivo: transcurrido el plazo del período voluntario las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lugar de pago

En las siguientes entidades financieras colaboradoras: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA), “Banco Santander Central Hispano” (BSCH), “Banco Español de Crédito” (Banesto), “Caixa Catalunya”, “Caja Madrid”, “Ibercaja” y “La Caixa”.

Los contribuyentes que tengan orden de domiciliación para este ejercicio se les enviará el recibo a sus respectivas entidades el día 2 de noviembre de 2010.

Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios siguientes.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.

Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el abonaré para realizar el pago, deberán ponerse en contacto con el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce, y jueves, de dieciséis a diecinueve horas, para que se les expida un duplicado dentro del plazo señalado para el pago.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Majadahonda, a 20 de agosto de 2010.—El concejal de Hacienda (firmado).

(02/8.719/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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