Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
21-08-2010

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100821-3

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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Resolución de 23 de julio de 2010, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el requerimiento a doña María del Pilar Gonsález Martín de subsanación de la solicitud de autorización para el establecimiento de hostelería denominado “Toche Disco Bar”, sito en Coslada (Madrid), calle Chile, número 4, local 53.

Por la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda se ha requerido documentación a efectos de poder subsanar la solicitud de autorización para el establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación al interesado se ha intentado en dos ocasiones, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar el contenido de dicha notificación, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

En Madrid, a 23 de julio de 2010.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), el Subdirector General de Ordenación y Gestión del Juego, Juan Carlos Muñoz Martín.

ANEXO

Examinada la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio en el local sito en Coslada (Madrid), calle Chile, número 4, local 53, presentada en fecha 5 de mayo de 2010, le comunico que deberá remitir la documentación que a continuación se especifica en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente comunicación, por apreciarse dificultades especiales para la aportación de dichos documentos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Se le informa de que transcurrido dicho plazo sin que se hayan aportado los documentos solicitados, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.

DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

— Plano de situación del local, a escala no superior a 1:100.

— Documento o título admitido en derecho que acredite fehacientemente la disponibilidad del local por el titular del establecimiento o, en su defecto, declaración responsable del mismo sobre dicha disponibilidad, cuya firma deberá estar reconocida o adverada por entidad bancaria o legitimada por fedatario público.

— Documento acreditativo o copia compulsada de la obtención de la licencia municipal de apertura y funcionamiento del establecimiento a nombre del solicitante o, en su caso, de la solicitud de dicha licencia y/o del cambio de titularidad de la misma. En su defecto podrá presentarse certificado del Ayuntamiento correspondiente sobre la situación administrativa del expediente municipal en el momento de la solicitud de autorización de la instalación en el que, además, deberá constar la actividad y la ubicación del establecimiento.

Madrid, a 5 de julio de 2010.—La Jefa del Área de Gestión del Juego, Rosario García Sanz.

(03/32.333/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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