Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
12-08-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100812-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

126
Juicio de faltas 757 de 2010

Doña María Luz Sanz Rubio, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 757 de 2010 se ha dictado la presente

CÉDULA DE CITACIÓN

La magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 5 de Madrid ha acordado citar a doña Bianca Habasescu, doña Beatrice Bobocel, doña Aura Guta y don Sorín Neagu, a fin de que el día 28 de octubre de 2010, a las diez y cuarenta horas, asistan en la Sala de vistas, plaza de Castilla, número 1, tercero, a la celebración del juicio de faltas indicado, seguido por hurto, en calidad de denunciados.

Se les hace saber que deberán comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrán acudir asistidos de letrado, si bien este no es preceptivo.

Apercibiéndoles que de residir en este término municipal, y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérseles una multa, parándoles el perjuicio a que hubiere lugar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término, podrán dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuvieren, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de citación a doña Bianca Habasescu, doña Beatrice Bobocel, doña Aura Guta y don Sorín Neagu, actualmente en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 12 de julio de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/29.977/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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