Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
06-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100806-231

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

231
Demanda 1.459 de 2008

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.459 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón Andarias Frutos, contra la empresa “Sociedad Mercantil Estatal TVE, Sociedad Anónima”, “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, ministerio fiscal y “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 19 de mayo de 2010:

Tener por desistida a la parte recurrente “Sociedad Mercantil Estatal TVE, Sociedad Anónima”, del recurso de suplicación interpuesto contra el auto de fecha 22 de febrero de 2010 dictado en este procedimiento.

Se acuerda poner a disposición de la parte actora don Ramón Andarias Frutos la cantidad de 329,22 euros en concepto de intereses, una vez firme la presente resolución.

Asimismo se reitera la puesta a disposición de 25 euros a la “Sociedad Mercantil Estatal TVE, Sociedad Anónima”, efectuada en resolución de fecha 19 de enero de 2010.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, y “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.466/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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