Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
06-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100806-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

202
Ejecución 148 de 2010-A

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 148 de 2010-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Macarena Fernández Ávila Casas, contra “Avenue Illustrated, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se han dictado auto y diligencia de ordenación, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia firme dictada en el presente procedimiento a favor de doña Macarena Fernández Ávila Casas, contra “Avenue Illustrated, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes (y en su caso a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral) haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación y que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por este su auto, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Carmen Quintas Pérez.

No habiéndose extinguido la relación laboral que unía a la actora con la empresa ejecutada “Avenue Illustrated, Sociedad Limitada”, se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, oír a las partes en comparecencia que se celebrará en la Sala de audiencias de este Juzgado, el próximo día 9 de septiembre de 2010, a las nueve horas de su mañana, que solo versará sobre la inadmisión y la imposibilidad, en su caso, de readmisión al trabajador por cese o cierre de las empresas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Obténgase a través de la aplicación informática correspondiente, informe de vida laboral de la demandante.

Cítese a la demandada a través de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en e plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Avenue Illustrated, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.076/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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