Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
22-07-2010

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100722-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

115
Recurso de suplicación 4.032 de 2009-IN

Don Manuel Varón Mora, secretario de la Sala de lo social, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 4.032 de 2009-IN, dimanante de los autos número 6 de 2009, seguidos por el Juzgado de lo social número 3 de Cádiz, seguido entre las partes que se expresarán, se ha dictado por esta Sala resolución, cuya parte dispositiva es como sigue:

Con desestimación del recurso de suplicación interpuesto por don Manuel Alba Brenes, contra la sentencia de fecha 27 de marzo de 2009 dictada por el Juzgado de lo social número 3 de Cádiz, en virtud de demanda sobre despido, formulada por el mencionado recurrente, contra don Julio Soto Arellano, “Asaze Construcción, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al señor fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que contra ella cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juzgado de lo social de referencia, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a don Julio Soto Arellano y “Asaze Construcción, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio o paradero se ignora, expido la presente en Sevilla, a 21 de junio de 2010. Doy fe.—El secretario, don Manuel Varón Mora.

(03/27.393/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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