Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
16-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100716-267

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

267
Ejecución 48 de 2008

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 48 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rolando Jil Armas Anrrango y don Benito Marcos Luján, contra la empresa “Construcciones en General Duque y Rivas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 15 de junio de 2010, que es del tenor literal siguiente:

Tener al Fondo de Garantía Salarial por subrogado en todos los derechos y acciones de don Rolando Jil Armas Anrrango, y por la cuantía de 4.396,41 euros, y en todos los derechos y acciones de don Benito Patrocinio Marcos Luján, y por la cuantía de 2.369,18 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación, estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones en General Duque y Rivas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.417/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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