Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
09-07-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100709-128

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

128
Autorización retirada de vehículos de la vía pública

La alcaldía-presidencia de este Ayuntamiento, con fecha 15 de junio de 2010, ha dictado la siguiente resolución:

La Ley 18/2009, de 23 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de noviembre de 2009), por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 339/1990, de 2 de marzo, en lo que se refiere a la materia sancionadora ha introducido una modificación fundamental en materia de adopción de medidas provisionales.

La Ley citada, en su artículo 85.1, atribuye la facultad de adoptar la medida provisional de retirada y depósito de un vehículo, en los supuestos legalmente establecidos, a la autoridad encargada de la gestión del tráfico.

La adopción de las medidas provisionales de inmovilización, retirada y depósito de vehículos exige, con el objeto de asegurar su eficacia y garantizar la seguridad del tráfico y la propiedad del vehículo afectado, que su adopción sea inmediata. Por ello deberán ser los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico los que, en los supuestos legalmente previstos, adopten dichas medidas.

En consecuencia, he resuelto: autorizar a los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico para que, en los casos legalmente establecidos, adopte las medidas provisionales de retirada de vehículos de la vía pública y su depósito en los lugares habilitados al efecto.

San Lorenzo de El Escorial, a 15 de junio de 2010.—El alcalde, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.

(03/27.801/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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