Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
09-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100709-238

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

238
Demanda 665 de 2009

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria sustituta de lo social del número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado de lo social, a instancias de don Jesús Marcos Petizco, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y “Ratio Forem, Sociedad Limitada”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 665 de 2009, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 552 de 2009

En Madrid, a 25 de noviembre de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-665 de 2009, seguidos a instancias de don Jesús Marcos Petizco, que comparece asistido de la letra doña Sonia Lobo Nande, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, representados por la letrada doña Natalia Estella, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151”, representada por el letrado don Francisco Javier Guerra García y “Ratio Forem, Sociedad Limitada”, que no compareció al acto de juicio, en reclamación sobre accidente de trabajo, en nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda sobre accidente de trabajo por don Jesús Marcos Petizco, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151”, y “Ratio Forem, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro que las lesiones del actor producidas el 13 de octubre de 2008 tienen la naturaleza de contingencia profesional, obligando como obligo a las demandadas a estar y pasar por tal declaración con todos los efectos inherentes a ella.

Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante a hacerle la notificación de aquella, de su proposito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del indicado plazo.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ratio Forem, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 14 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.494/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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