Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
05-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100705-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Demanda 274 de 2009

Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Zaragoza.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 274 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Helio Alberto Castillo Calva, contra la empresa “Construcciones Obando Herrera, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Helio Alberto Castillo Calva, contra la empresa “Construcciones Obando Herrera, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 4.596,24 euros, con más el interés por mora del 10 por 100 respecto de los conceptos salariales.

Contra la sentencia cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que, en su caso, deberán anunciar ante este Juzgado por comparecencia o por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, designando letrado encargado de la interposición del recurso y señalándose un domicilio en Zaragoza a efectos de notificación.

Con la advertencia de que, caso de recurrir la demandada esta sentencia, deberá constituir un depósito de 150,25 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la sucursal del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina número 8005, sita en la calle Torrenueva, número 3, de Zaragoza, cuenta de abono en caso de transferencia bancaria, código cuenta corriente número 0030/8005/40/0000000000, concepto 4895/0000/65/000000, y en caso de ingreso en efectivo, al número 4895/0000/65/000000, haciendo entrega del resguardo acreditativo en Secretaría al tiempo de interponer el recurso.

Asimismo, la demandada deberá acreditar en el momento del anuncio del recurso haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la sucursal del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Torrenueva, número 3, cuenta de abono en caso de transferencia bancaria, código cuenta corriente número 0030/8005/40/0000000000, concepto 4895/0000/65/000000, la cantidad objeto de condena, o asegurarla mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Obando Herrera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 2 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.785/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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