Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
21-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100621-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

203
Demanda 1.583 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.583 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Eduardo Pérez Arias Camisón, contra la empresa “Basicarne, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 12 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 272

En Madrid, a 12 de mayo de 2010.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Eduardo Pérez Arias Camisón, debo condenar y condeno a “Basicarne, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 4.003,51 euros en concepto de salarios y cantidades asimiladas, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora; debiendo absolver y absolviendo a Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Basicarne, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.193/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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