Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
10-06-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100610-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

184
Demanda 509 de 2009

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 509 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Romero Ruiz, contra la empresa “Proyectos Industriales y Carrocerías, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 6 de mayo de 2010.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido de rectificar el hecho probado segundo de la misma debiendo figurar la cantidad de 31.148,67 euros, en vez de 18.945 euros, y en consecuencia rectificando igualmente el fallo de la sentencia siendo lo correcto 31.148,67 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Industriales y Carrocerías, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.467/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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