Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100524-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2

EDICTO

110
Procedimiento ordinario 755 de 2009

En el procedimiento ordinario número 755 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Vistos por la ilustrísima señora doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés, los presentes autos de juicio ordinario número 755 de 2009, promovidos por el procurador de los tribunales señor Ibáñez de la Cadiniere, en nombre y representación de la entidad “Caixarenting, Sociedad Anónima”, y bajo la asistencia letrada de la señora Buján Pérez, contra la entidad “Flozam PPU, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, y sobre reclamación de cantidad y condena de hacer.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador de los tribunales señor Ibáñez de la Cadiniere, en nombre y representación de la entidad “Caixarenting, Sociedad Anónima”, contra la entidad “Flozam PPU, Sociedad Limitada”, debo:

Declarar y declaro resuelto el contrato de “renting” suscrito entre las partes litigantes a fecha 4 de septiembre de 2006 respecto del vehículo modelo “Peugeot” 407 SW, matrícula 7967FFP, con número de bastidor VF36ERHRH21478470.

Condenar y condeno a la parte demandada a que proceda a la inmediata y efectiva restitución a favor de la parte actora del vehículo modelo “Peugeot” 407 SW, matrícula 7967FFP, con número de bastidor VF36ERHRH21478470.

Condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la suma de 6.451,19 euros, más el interés pactado contractualmente y correspondiente a dicha suma hasta que tenga lugar su total y completo pago.

Condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora, en concepto de indemnización por penalización pactada, la suma de 5.185,51 euros, más el interés legal de dicha suma incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su total y completo pago.

Condenar y condeno a la parte demandada a que abone las costas devengadas en los presentes autos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497 y 498 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a “Flozam PPU, Sociedad Limitada”, a los efectos legales pertinentes.

En Leganés, a 3 de mayo de 2010.—El secretario (firmado).

(02/4.942/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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