Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100430-185

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

185
Ejecución 310 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 488 de 2009, ejecución número 310 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Rey Vaquero, don Marcos Sánchez Cid, y don Alberto Rey Vaquero, contra la empresa “Recobolsa, Sociedad Anónima”, obre despido, se ha dictado auto de ejecución y auto de acumulación, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguientes:

Auto

En Madrid, a 22 de marzo de 2010.

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 140.500,62 euros, más la cantidad de 28.100,12 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz.

Auto

En Madrid, a 22 de marzo de 2010.

Parte dispositiva:

Acumular a la presente ejecución seguida a favor de don David Rey Vaquero, por un principal de 140.500,62 euros, las que se siguen en los autos número 491 de 2009, ejecución número 311 de 2009, a favor de don Marcos Sánchez Cid, por un principal de 113.982,44 euros, y en los autos número 490 de 2009, ejecución número 330 de 2009, a favor de don Alberto Rey Vaquero, por un principal de 54.723,18 euros, de este Juzgado frente al común deudor “Recobolsa, Sociedad Anónima”.

Ascendiendo el total del principal acumulado a 309.206,24 euros, y 61.841,55 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su noticación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Para la interposición del citado recurso deberá acreditarse el ingreso de la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado que es la número 2512 de “Banesto” y con la clave de procedimiento 30, todo ello de conformidad con las excepciones que establece la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recobolsa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.457/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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