Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100430-252

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TERUEL NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

252
Demanda 586 de 2009

Doña María Teresa Martín Barea, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Teruel.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 586 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Franky Esteban Loaiza Tamayo, contra la empresa “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, don Eduardo Antonio Fernández Jiménez (administrador único) y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Magistrado-juez de lo social, don José Rafael García de la Calle.—En Teruel, a 31 de marzo de 2010.

El anterior exhorto recibido, únase, y a su vista se acuerda, que encontrándose la empresa demandada “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, practíquense las comunicaciones por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiendo a la misma que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, a tal efecto, cítese a la demandada “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, de comparecencia, para la celebración de los actos de conciliación y/o juicio, en única convocatoria, para el día 25 de mayo de 2010, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado de lo social, sito en Teruel, plaza de San Juan, número 6, planta sexta, Sala de vistas número 8.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, advirtiendo que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 1, punto 19, que añade la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, la parte que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos, deberá consignar como depósito la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado número 4265/0000/69/0586/09 al momento de interponer el recurso, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Teruel, a 31 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.335/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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