Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100305-47

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad

Departamento de Recursos y Régimen Jurídico

Negociado de Régimen Jurídico II

47
Notificación expedientes sancionadores

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más abajo se relacionan los decretos que a continuación se indican, advirtiéndose que dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los acuerdos de iniciación podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

El importe de dicha sanción podrán hacerlo efectivo mediante abonaré que podrán retirar en el Departamento de Recursos y Régimen Jurídico, Negociado de Régimen Jurídico II, sito en el paseo de Recoletos, número 5, 28004 Madrid, teléfono 915 889 137.

De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado, se procederá a su exacción por vía de apremio, con los recargos legalmente exigibles.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia. — Interesado. — Fecha del decreto/resolución. — Norma infringida. — Sanción

183/2009/2525. — J. R. S., 51106556-G. —18 de noviembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3132. — P. C. G., 51994445-R. — 20 de octubre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 2.000 euros.

183/2009/3606. — A. L. R., 51475415-N. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3228. — A. V. V., 32694634-L. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 2.000 euros.

183/2009/3355. — J. P. T., X-3155817-X. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3367. — G. G. G., 71652064-A. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3423. — D. S. J., 52976865-E. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3455. — A. C. G., 50903985-V. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3470. — K. B., X-8330477-S. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3596. — E. R. F., 691667-B. — 9 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3684. — A. S. G., 51901519-H. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/3929. — I. C. G., 50986122-K. — 18 de diciembre de 2009. — Artículo 26.I) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 300,51 euros.

183/2009/3939. — J. V. F., 50993291-Z. — 25 de enero de 2010. — Artículo 26.H) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 300,51 euros.

183/2009/4108. — L. A. V., 47023718-B. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4150. — F. P. G., 2655174-P. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4161. — I. G. P., 51081883-X. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4185. — J. S. M., 6244295-W. — 18 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4256. — M. V. C., 51127535-F. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4294. — O. V. V., 50.542.614. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4304. — J. S. M., 50960278-Y. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4310. — J. R. S., X-5517933-A. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4312. — M. A. F., 52375860-F. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4313. — J. C. G., 50208667-N. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4334. — A. R. M., 70074436-Z. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4345. — A. S. L., 70418074-D. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4355. — D. M. R., 70353746-N. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4407. — J. N. C. L., 3201292-Z. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4450. — A. Z. C., X-6114275-R. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4462. — P. T. P., 51131565-N. — 25 de enero de 2010. — Artículo 26.G) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 300,51 e incautación de objeto.

183/2009/4494. — I. C. T., 52006408-G. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/4616. — J. G. G., 50886104-F. — 23 de diciembre de 2009. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

En Madrid.—La secretaria general técnica, PO, la jefa del Departamento de Recursos y Régimen Jurídico, María José Rozalén de la Cruz.

(02/1.655/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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