Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100218-50

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2010, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se procede a la notificación, a varios solicitantes, del Reconocimiento de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, al amparo del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo.

Habiendo recaído Resolución Negativa de Reconocimiento del Derecho a la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes en los expedientes de los solicitantes que se relacionan en la presente Resolución, y no habiendo sido posible realizar la notificación a los citados interesados en el domicilio señalado en la solicitud a efectos de notificaciones, con la finalidad de que tengan conocimiento de que ha finalizado el procedimiento con Resolución Negativa de Reconocimiento del Derecho a la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportunos deducir.

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Madrid, a 5 de febrero de 2010.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez.

(03/6.573/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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