Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0053
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Subdirección General de la Edificación Departamento de Ordenación ANUNCIO La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo: “Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial para la finca sita en la calle María Auxiliadora, número 9, del Distrito de Moncloa-Aravaca, promovido por la Congregación Religiosa Hijas de María Auxiliadora, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley. Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión. Tercero.—Notificar individualmente a todos los propietarios afectados el presente acuerdo. Cuarto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito comprendido en el presente Plan Especial que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.4 de la citada Ley 9/2001 y artículo 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.” Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles del plazo señalado, que comenzará desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información Urbana del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, o en las oficinas de la Junta Municipal de Distrito de Moncloa-Aravaca, plaza de la Moncloa, número 1, como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en los Registros Municipales de las mismas, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho. Madrid, a 28 de diciembre de 2009.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado. (02/332/10) |