Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0223

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.404 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Ariza Sevillano, contra la empresa “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 19 de noviembre de 2009.—Doña María Sánchez Rivero, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Ana Isabel Ariza Sevillano, que comparece asistida del letrado don José M. Mora Miranda, y de otra, como demandada, “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por doña Ana Isabel Ariza Sevillano, frente a “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, con citación de Fondo de Garantía Salarial, declaro la improcedencia del despido de fecha 3 de septiembre de 2009 y condeno a la empresa demandada a optar en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia entre la readmisión de la demandante o el abono de una indemnización por importe de 5.934,35 euros y, en ambos casos, le condeno al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta sentencia a razón de 34,40 euros diarios.

En el caso de que la demandada no efectúe opción expresa en los términos antedichos, se entenderá que opta por la readmisión.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en “Banesto”, sucursal de la calle Orense, número 19, de Madrid, con número de cuenta 2510, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenada en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.068/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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