Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0208
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.275 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Agudo Muñoz, contra las empresas “Distrade, Sociedad Limitada”, “Montajes Verticales en Altura, Sociedad Limitada” e “Inversiones Peruer, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia con fecha 10 de diciembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda formulada por doña María del Carmen Agudo Muñoz, contra “Distrade, Sociedad Limitada”, “Inversiones Peruer, Sociedad Limitada” y “Montajes Verticales en Altura, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando solidariamente a las empresas demandadas a que indemnicen a la actora en 31.562,33 euros, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, lo que asciende a 10.383,12 euros, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, con el número 2515. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la anterior cuenta. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Distrade, Sociedad Limitada”, “Montajes Verticales en Altura, Sociedad Limitada” e “Inversiones Peruer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.854/10) |