Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0186

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 28 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexandru Sache, don Nour Eddin Amsiyah, don Mehmed Ahmed Syuleyman, don Petrov Savkov Tsventan y don Aleksandar Lyubenov Dimov, contra la empresa “Solescón, Sociedad Limitada” (“Soluciones Integrales en la Construcción”), sobre ordinario, se ha dictado auto, cuyo contenido es el siguiente:

Auto

En Madrid, a 12 de enero de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Anular el juicio celebrado el día 17 de noviembre de 2009 por haberse omitido la citación al Fondo de Garantía Salarial. Se convoca nuevamente a las partes para el día 23 de febrero de 2010, a las trece horas, debiendo citarse al Fondo de Garantía Salarial a dicho acto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Solescón, Sociedad Limitada” (“Soluciones Integrales en la Construcción”), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.014/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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