Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0161

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Elena Redondo Pacheco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva Pazos Álvarez, contra la empresa “Ventask Force, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 11 de enero de 2010, que es del tenor literal siguiente:

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Elena Bornaechea Morlans.—En Madrid, a 11 de enero de 2010.

Dada cuenta; vista la diligencia que antecede, se tiene por desistida a la parte actora de la presente ejecución, decretando la cancelación de la anotación preventiva de embargo (letra A, finca registral número 47.094/23, al folio 30, libro 1.039 de Las Rozas de Madrid, tomo 3.032, y letra A, finca registral número 47.094/24, al folio 31, libro 1.039 de Las Rozas de Madrid, tomo 3.032), Registro de la Propiedad de Las Rozas de Madrid número 1.

Para que surta efectividad, diríjase mandamiento por duplicado al registro, insertándose en el mismo esta resolución haciendo constar que es firme.

Asimismo, procédase a alzar los embargos trabados, librando los oportunos oficios para que dejen sin efecto las órdenes de retención.

Por último, hágase saber a las partes que una vez recibidos los documentos acreditativos del levantamiento de los embargos, se procederá al archivo del procedimiento previa nota en el libro correspondiente.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/30/2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta).

Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Ventask Comunicación e Imagen, Sociedad Limitada”, “Bucero Group Internacional Marketing, Sociedad Limitada”, “Factoría de Producción y Ventas, Sociedad Limitada”, “Travel Task, Sociedad Limitada”, “Ventas Call Center Management, Sociedad Limitada”, y “Real Force, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.866/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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