Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100130-0279
Páginas: 0
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO Doña Fernando Benítez Benítez, secretario de lo social del número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.100 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esterlidia Arias Henche, contra la empresa “Montajes de Polietieno, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 18 de diciembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que debo estimar la demanda interpuesta por doña Esterlidia Arias Henche, contra “Montajes de Polietileno Muñoz, Sociedad Limitada”, y a su tenor, previa declaración de improcedencia del despido practicado, debo resolver el contrato de trabajo en esta fecha condenando a la empresa a que esté y pase por la expresada declaración y a que satisfaga a la demandante las siguiente sumas: Por el concepto de indemnización rescisoria: 2.542,75 euros. Por el concepto de salarios de tramitación (desde el día 14 de julio de 2009 a la fecha de esta sentencia, total 158 días), 9.739,12 euros. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en la oficina del “Banco español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de esta capital. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la cuenta número 2807/0000/ 65, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Montajes de Polietileno, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/1.473/10) |