Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100105-0004

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento de Parla, en el ejercicio de sus funciones de recaudación de ingresos de derecho público.

Hace saber: Que no ha resultado posible practicar la notificación a las personas o a sus representantes incluidos en la relación anexa número 2/2009, que empieza por Vázquez Sánchez, Vicente, y finaliza por “Rasofe Inmobiliaria 2003, Sociedad Limitada”, tras dos intentos y por causas no imputables a esta Administración; por ello, y en cumplimiento de lo que dispone el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, mediante el presente anuncio se cita a las citadas personas relacionadas para que comparezcan en el lugar abajo indicado a fin de notificarles las actuaciones llevadas a cabo en los procedimientos que les afecten y que a continuación
se dirán.

Lugar y plazo de comparecencia: las personas interesadas o sus representantes habrán de comparecer, para ser notificadas, en la oficina de la Recaudación Ejecutiva Municipal, situada en la calle Fuente, número 2, de Parla, los días laborables, en horario de ocho y treinta a catorce, de lunes a viernes, en el plazo de quince días naturales computados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, se advierte a los interesados de que, si no comparecen en el plazo arriba indicado, la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del citado plazo y, además, se les tendrá por notificados de las sucesivas actuaciones y diligencias de dicho procedimiento, manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en cualquier momento del mismo.

Procedimiento que las motiva: procedimiento de recaudación de tributos y otros ingresos de derecho público en período ejecutivo por los conceptos y años señalados.

Órgano responsable de la tramitación del procedimiento: Concejalía de Hacienda, Recaudación Ejecutiva Municipal.

Actuación que se comunica: notificación de la providencia de apremio que inicia el procedimiento administrativo de apremio para la recaudación de ingresos de derecho público.

Recursos: contra el acto objeto de notificación podrá interponerse recurso de reposición ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al que tenga efectividad la notificación del mencionado acto, de conformidad con lo que establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Contra la desestimación del recurso de reposición se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente a la fecha de la recepción de la notificación de la desestimación, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a computar desde el día siguiente en que el recurso de reposición se haya de entender desestimado de forma presunta (Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Suspensión del procedimiento: la interposición del recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que solo se suspenderá en los casos y con los requisitos previstos en el artículo 165 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

ANEXO

1.  CORRESPONDENCIA DE LOS CONCEPTOS DE LA RELACIÓN CON LOS TRIBUTOS Y SANCIONES

2.  RELACIÓN 2/2009 DE PERSONAS CITADAS A COMPARECER

Parla, a 2 de diciembre de 2009.—El recaudador ejecutivo, Víctor Berástegui Afonso.

(02/14.115/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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