Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-01-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100105-0111

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C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

9 Orden 2778/2009, de 9 de diciembre, por la que se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos, en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de carácter no profesional.

Vista la Propuesta de Resolución elevada a través de la Directora General de Deportes y formulada por la Comisión de Evaluación, encargada del estudio de las solicitudes presentadas de acuerdo con la Orden 1691/2009, de 27 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2009, de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños, por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 264, de 6 de noviembre de 2009) y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes:

DISPONGO

Conceder las subvenciones a los clubes deportivos madrileños y las cuantías que se relacionan en el Anexo de la presente Orden.

Las solicitudes no incluidas en el citado Anexo se entenderán desestimadas.

El pago de estas subvenciones se realizará con cargo a la partida 48090 por un importe de 2.200.000 euros del Programa 827 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2009.

Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios, previa presentación de la documentación establecida en el artículo 22 de la Orden 1691/2009, de 27 de octubre, ya citada, quedando los beneficiarios sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la referida Orden. La justificación de la ayuda concedida se realizará dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Orden.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 9 de diciembre de 2009.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura
 y Deporte y Portavoz del Gobierno,
 IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/41/2010)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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