Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091222-0225

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña José Ignacio Atienza López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.275 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel González González, contra la empresa “De la Osa Estación de Servicio, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 571 de 2009

En Madrid, a 17 de noviembre de 2009.—Don José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Miguel González González, que comparece asistido del letrado don Cristobal González Lozano, y de otra, como demandados, “De la Osa Estación de Servicio, Sociedad Anónima”, que no comparece, y el administrador concursal don José Baltasar Plaza Frías, que no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Manuel González González, frente a la empresa “De la Osa Estación de Servicio, Sociedad Anónima”, y el administrador del concurso don José Baltasar Frías, debo declarar y declaro nulo el despido efectuado el 23 de julio de 2009, declarando extinguida la relación laboral con efectos de esta resolución, condenando a la empresa “De la Osa Estación de Servicio, Sociedad Anónima”, con el concurso del administrador concursal demandado, a abonar al actor la cantidad de 7.012 euros en concepto de indemnización por despido, más 4.501,7 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido (23 de julio de 2009) hasta el 17 de noviembre de 2009, fecha de esta resolución, a razón de 37,15 euros por día.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2507, clave 65, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2507, clave 65, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “De la Osa Estación de Servicio, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/41.339/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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