Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0026

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

4247 Resolución de 2 de diciembre de 2009, por la que se hace público el acuerdo relativo a la Modificación Puntual del Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto de construcción del nuevo Emisario de la Robliza, en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 257/09).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2009, examinó el expediente relativo a la Modificación Puntual del Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto de construcción del nuevo Emisario de la Robliza, en el término Municipal de San Sebastián de los Reyes, promovido por el Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe urbanístico, de fecha 29 de octubre de 2009, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha de 29 de octubre de 2009, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad Madrid, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

«Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto de construcción del nuevo Emisario de la Robliza, en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, promovido por el Canal de Isabel II.

Sin embargo, antes de acometer la ejecución material de las obras, se deberá aportar la documentación complementaria solicitada por la Confederación Hidrográfica del Tajo en los informes emitidos con fechas de 18 de marzo y 21 de noviembre de 2008, obrantes en el expediente.

Asimismo, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 26 de noviembre de 2009, obrante en el expediente, antes de que se inicien las actuaciones materiales de ejecución del planeamiento, deberán solicitarse y obtenerse los permisos y autorizaciones oportunas de esa Dirección General.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 2 de diciembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/4.911/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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