Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0009

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima

El Consejo de Administración de la “Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima”, en reunión celebrada el 20 de noviembre de 2009, aprobó convocar una nueva Oferta Pública de Vivienda para la adjudicación de 1.493 viviendas con protección pública para los Programas Municipales de Arrendamiento (octava convocatoria: 380 viviendas), Arrendamiento con Opción a Compra para Jóvenes (segunda convocatoria: 229 viviendas) y ­Programa Municipal de Venta (decimonovena convocatoria: 884 viviendas).

Normativa aplicable: resulta de aplicación el Reglamento de Adjudicación de Viviendas afectas a los Programas Municipales de Vivienda a aplicar por la “Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima”, aprobado por el Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria celebrada el 30 de mayo de 2008, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 24 de junio de 2008, así como los criterios de aplicación de las bases que regulan el procedimiento de adjudicación aprobados al efecto por la Comisión Permanente de Adjudicación de la EMVS.

Participación en la Oferta Pública de Vivienda: a efectos de participación en esta Oferta Pública de Vivienda, se considerarán los solicitantes válidamente inscritos hasta el último día del mes anterior al de esta publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Igualmente serán tenidas en cuenta las comunicaciones de modificaciones que se practiquen hasta el día referido anteriormente. Cualquier solicitud o modificación posterior a la fecha señalada no será objeto de consideración para esta oferta pública, examinándose para su inscripción en ofertas posteriores.

Adecuación de las viviendas: por acuerdo de la Comisión Permanente de Adjudicación, en sesión celebrada el 10 de junio de 2008, la adecuación del número de dormitorios de la unidad familiar en relación con el número de dormitorios de la vivienda objeto de adjudicación y para los programas de vivienda ofertados es el siguiente:

— Para el Programa Municipal de Arrendamiento con Opción a Compra para Jóvenes la tipología adecuada será un dormitorio para unidades familiares de un miembro y dos dormitorios para unidades familiares de dos o tres miembros.

— En el Programa de Arrendamiento para Jóvenes Alquila Madrid la tipología será de uno o dos dormitorios para aquellas unidades familiares compuestas por un máximo de dos personas.

— Para los Programas Municipales en Arrendamiento y en Venta la tipología adecuada será la siguiente: un miembro podrá participar en uno o dos dormitorios, dos-tres miembros podrán participar en dos o tres dormitorios, cuatro-cinco miembros podrán participar en tres o cuatro dormitorios y más de cinco miembros podrán participar en cuatro dormitorios.

Distribución de las viviendas objeto de la Oferta Pública de Vivienda: la relación de promociones en las que se encuadran las viviendas objeto de la Oferta Pública de Vivienda, así como su régimen y tipología, son las que constan en el anexo I de la presente oferta.

La EMVS se reserva un cupo de viviendas destinado a integración social en algunas de estas promociones, con independencia del número de viviendas ofertadas.

La EMVS en la presente convocatoria oferta viviendas definidas como adaptadas para personas discapacitadas, que podrán ser adjudicadas a solicitantes que no ostenten la condición de discapacitados, de acuerdo con lo contenido en la autorización expedida por la Comunidad de Madrid.

Familias numerosas: las familias numerosas que no resulten seleccionadas dentro de su cupo específico participarán en el cupo general.

El precio de las viviendas y, en su caso, anejos vinculados vendrá determinado de acuerdo con:

— Programa Municipal en Arrendamiento:

l VPPA/OC J: según su calificación definitiva.

l VPPA: según su calificación minorado en un 10 por 100.

l Alquila Madrid: renta mensual 4 euros/metro cuadrado de superficie útil.

l Régimen Especial o sin calificar: la renta será la establecida en el Real Decreto 14/2008, de 11 de enero.

— Programa Municipal en Venta:

l VPPB/VPPL: según su calificación definitiva.

l Libre: se aplicará el precio establecido para la VPPL.

Notificación durante el proceso de selección: de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento, una vez publicada la oferta y en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por tratarse de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva, la publicación, durante la tramitación de los expedientes, se realizará en las dependencias de la “Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima”, calle Fray Luis de León, número 11, así como en las dependencias de las Juntas Municipales de Distrito, en horario habilitado al efecto, donde se expondrán los listados, los anuncios, requerimientos o cualquier otro tipo de actuación o comunicación que pudiera requerir por parte de los interesados la realización de acción o presentación de documentación solicitada.

La publicación mediante la inserción en los tablones de anuncios habilitados al efecto bastará para el cumplimiento del requisito de notificación fehaciente y de publicidad. Igualmente se publicará en la página web de la “Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima” (www.emvs.es).

ANEXO I

La tipología de un dormitorio incluye viviendas tipo estudio.

Madrid, a 20 de noviembre de 2009.—El consejero-delegado, Juan José de Gracia Gonzalo.

(02/13.424/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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