Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091209-0142

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

COLMENAR VIEJO

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación Voluntaria correspondiente al AOE-45, “Extremadura”, del vigente Plan General de Ordenación Urbana, promovido por don José C. Sáez Colmenarejo, en representación de doña Dionisia Inocencia y don Luis Vicente Ibáñez Rivas, don Manuel Ramos Campuzano y doña Antonia Ruz Rosa, como propietarios del suelo incluido en su ámbito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra dicho acto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano. Contra la resolución desestimatoria del mismo, expresa o por el transcurso de un mes desde la interposición sin que hubiera recaído acuerdo al respecto, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, si la resolución fue expresa, o de seis si no lo hubiera sido (artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Colmenar Viejo, a 16 de noviembre de 2009.—El alcalde, José María de Federico Corral.

(02/13.182/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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