Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-12-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091209-0125

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 3
DE ARGANDA DEL REY

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 277 de 2005 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Doña María Dolores Nortes Nolasco, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Arganda del Rey y su partido, ha visto los presentes autos de juicio ordinario que con el número 277 de 2005 se siguen en este Juzgado, a instancias de don Alberto Piñeiro Alonso, representado por la procuradora de los tribunales señora Iglesias Martín, frente a doña María del Pilar Ruiz Polo, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimar la demanda formulada por la procuradora de los tribunales doña Concepción Iglesias Martín, en nombre y representación de don Alberto Piñeiro Alonso, frente a doña María del Pilar Ruiz Polo, y, en consecuencia, debo efectuar los siguientes pronunciamientos:

1.  Condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 17.189,04 euros, con los intereses legales correspondientes desde los respectivos impagos hasta la fecha de la presente sentencia.

2.  Condeno a la demandada al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María del Pilar Ruiz Polo se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Arganda del Rey, a 13 de julio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/13.440/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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