Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091205-0037
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCOBENDAS RÉGIMEN ECONÓMICO Don Agustín Martín Torres, concejal-delegado responsable del Área de Economía del Ayuntamiento de Alcobendas (Madrid). Hace saber: Resultando que a los obligados tributarios con esta Hacienda Municipal incluidos en las relaciones que se adjuntan, y por los conceptos tributarios consignados, no se les ha podido realizar la notificación de la propuesta de regularización tributaria contenida en acta de disconformidad, acompañada de informe ampliatorio, por causas ajenas a esta Administración, y una vez intentada por dos veces esta en el domicilio que figura en los documentos fiscales señalados a efectos de notificaciones y/o, en su caso, domicilio fiscal, se procede a citar a los interesados (o, en su caso, representantes) mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 112 de la Ley General Tributaria, para ser notificados mediante comparecencia en el Departamento de la Inspección de los Tributos del Ayuntamiento de Alcobendas (plaza Mayor, número 1, planta primera), en horario de nueve y treinta a trece y treinta, de lunes a viernes, y en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de la fecha de dicha publicación. Relación de actas relativas al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana Número de expediente. — Período. — Nombre. — DNI/CIF. — Domicilio 82/2008 PV. — 2007. — Mario González Olmeda. — 53011514-X. — Pino, 5, 28815 Fresno de Torote (Madrid). 127/2009 PV. — 2008. — Ángel Infantes Espinosa. — 53011284-X. — Mercedes Izquierdo, 6, segundo, número 2, letra B, 28700 San Sebastián de los Reyes (Madrid). 134/2008 PV. — 2008. — Tres Mares Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada. — B-83564781. — Montuenga, 2, segundo C, 28044 Madrid. Asimismo, se advierte a los interesados de que si, transcurrido dicho plazo, no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, efectos que, en síntesis, son los siguientes: — Inicio del plazo de quince días para presentar alegaciones contra la propuesta de regularización o, en su caso, expresar la conformidad con la misma a efectos de la reducción de las posibles sanciones, conforme establece el artículo 157 de la Ley General Tributaria y el artículo 7.2 del Real Decreto 2063/2004, por el que se aprueba el Reglamento del Régimen Sancionador Tributario, respectivamente. Dentro del mes siguiente al término del plazo para formular alegaciones, el alcalde-presidente dictará el acto administrativo que proceda. Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el director del Servicio de Rentas y Exacciones como responsable del fichero “Exacciones”. Alcobendas, a 2 de noviembre de 2009.—El concejal-delegado de Economía, Agustín Martín Torres. (02/12.673/09) |