Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091031-0238
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 26 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 225 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis González Cedrón, contra la empresa “Global Markets Audiovisuales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice: Donde dice: «Que estimando la demanda formulada por don José Luis González Cedrón, frente a la empresa demandada “Global Markets Audiovisuales, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante y condeno a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración, y a que abone al actor la cantidad de 7.630,23 euros en concepto de indemnización por despido improcedente. Y asimismo, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, demandante y demandada, con fecha de la presente resolución de 16 de julio de 2009.» Debe decir: «Que estimando la demanda formulada por don José Luis González Cedrón, frente a la empresa demandada “Global Markets Audiovisuales, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante y condeno a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración, y a que abone al actor la cantidad de 7.630,23 euros en concepto de indemnización por despido improcedente. Y condeno abonar los salarios de tramitación la cantidad de 4.642,32 euros. Y asimismo, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, demandante y demandada, con fecha de la presente resolución de 16 de julio de 2009.» Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Global Markets Audiovisuales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/34.079/09) |