Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091029-0063
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 72 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.475 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Sentencia En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—Vistos por mí, doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, autos de juicio verbal número 1.475 de 2007, promovidos a instancias de don Epifanio García Tejedor y doña Baudilia García Tejedor, representados por el procurador señor Álvarez-Buylla Ballesteros y defendidos por el letrado señor Quirós Ruiz, contra don Eduardo Márquez Montes de Oca y doña Fernanda María Carvalho Sarabando, en situación de rebeldía, versando los autos sobre desahucio y reclamación de rentas. Fallo Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Álvarez-Buylla Ballesteros, en nombre y representación de don Epifanio García Tejedor y doña Baudilia García Tejedor, contra don Eduardo Márquez Montes de Oca y doña Fernanda María Carvalho Sarabando, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de enero de 2004 de la vivienda sita en la calle Ezequiel Solana, número 80, piso tercero, letra B, de Madrid, apercibiendo a los demandados de lanzamiento si no lo desaloja dentro del término legalmente establecido, y condenar a los demandados al pago, solidariamente, a los actores de la cantidad de 20.050 euros; todo ello con expresa imposición de las costas del presente procedimiento a los demandados. Contra la presente sentencia resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días computados desde su notificación para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Carlos E. Marqués Montes de Oca y doña Fernanda María Carvalho Sarabando se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Madrid, a 15 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (02/11.946/09) |