Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091029-0047
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de divorcio contencioso número 1.153 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Sentencia En Madrid, a 16 de diciembre de 2008.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez de primera instancia del número 29 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.153 de 2007, a instancias de doña Carmen Pérez Matos, representada por el procurador don Manuel Martínez de Lejarza Ureña, contra don Óscar Alfredo Costa Platiní, en situación procesal de rebeldía. Fallo Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de doña Carmen Pérez Matos, contra don Óscar Alfredo Costa Platiní, debo declarar y declaro la disolución por el divorcio del matrimonio contraído por las partes el 26 de abril de 1991 en Villaviciosa de Odón, con todos los efectos legales y, en especial, las siguientes medidas: Se atribuye el uso del domicilio conyugal a doña Carmen Pérez Matos. Se acuerda la disolución del régimen económico matrimonial y de la sociedad de gananciales, cuya liquidación podrá llevarse a cabo por el procedimiento para la liquidación del régimen económico matrimonial, si así lo solicita alguna de las partes. No se hace expreso pronunciamiento en costas. Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción de matrimonio de los sujetos al pleito. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Publicación Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Óscar Alfredo Costa Platiní, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/34.326/09) |