Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091029-0115

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 135 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelabid Arazouk, don Simón Oswaldo Lema Yaucan, don Abdellaziz Abdellaoui, don Noureddin el Abdellaoqui y don Jacek Duda, contra la empresa “Montajes de Andamios y Estructura, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva literal es la siguiente:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Abdelabid Arazouk, don Simón Oswaldo Lema Yaucan, don Abdellaziz Abdellaouui, don Noureddin el Abdellaoqui y don Jacek Duda, contra “Montajes de Andamios y Estructura, Sociedad Limitada”, por un importe de 38.108,72 euros de principal, más 6.193 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes y derechos de la ejecutada en cantidad suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución.

c)  A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro, o en su caso, consúltese la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Estatal de Administración Tributaria y Dirección General de Tráfico a través del Punto Neutro Judicial. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada y se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en la cuenta corriente de la parte ejecutada, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y en cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que la entidad bancaria actúe como depositaria o mera intermediaria hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2516/0000/64/0135/09, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes de Andamios y Estructura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.564/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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