Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091026-0053

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 17
DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 206 de 2008, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 24 de julio de 2009.—La ilustrísima señora doña Milagros del Saz Castro, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 206 de 2008, a instancias de “H & MB Arquitectura y Gestión, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Abellán Albertos y asistida de la letrada doña Raquel Gordo Castellanos, contra “Construcciones Gredos, Sociedad Anónima”, en rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Abellán Albertos en nombre y representación de “H & MB Arquitectura y Gestión, Sociedad Limitada”, frente a “Construcciones Gredos, Sociedad Anónima”, en situación procesal de rebeldía, debo:

1.  Declarar y declaro el derecho de propiedad de la parte actora, del resto de la finca matriz registral número 38.444, inscrita en el Registro de la Propiedad número 9 de Madrid, al folio 25, libro 2.388, tomo 452, con una superficie de 217,21 metros cuadrados, que es colindante con la linde izquierda y el fondo de la finca registral número 38.482, propiedad de la actora.

2.  Condenar y condeno a la demandada al abono de las costas procesales causadas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.—Doy fe.

Y para su publicación en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/11.562/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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