Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-10-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091026-0210

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 54
DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid.

Doy fe y testimonio: En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

Se declara firme la sentencia dictada en esta causa, háganse las anotaciones oportunas en los libros de registro.

Para su ejecución se acuerda lo siguiente:

Requiérase de pago a doña Sorín Marián Dimisoara y a don Laurentiu Burticel para que abonen la multa impuesta en sentencia de fecha 30 de junio de 2009, de treinta días de multa, con cuota diaria de 3 euros a cada uno de ellos, lo que hace un total de 90 euros para cada uno de ellos, y al pago por mitad de las costas procesales, y ello en el plazo de diez días hábiles siguientes a la recepción del requerimiento, con expreso apercibimiento de que si no satisfacieren voluntariamente, o por vía de apremio, la referida cantidad en el plazo indicado, quedarán sujetos, previa declaración de insolvencia, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, que se cumplirán de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal.

A tal fin, habiendo sido negativas las diligencias de notificación de sentencia encontrándose estos en paradero desconocido, y para que conste y sirva de notificación de auto y requerimiento de pago a doña Sorín Marián Dimisoara y a don Laurentiu Burticel, publíquese el mismo a través de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así lo dispone, manda y firma doña Carmen Simón Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid.—Doy fe.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—Firmado.

(03/32.961/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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