Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091026-0094
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 851 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Álvarez García, contra las empresas “Proyecto Dirección y Control de Obras, Sociedad Limitada”, “Desarrollos Inmobiliarios Pinar, Sociedad Limitada”, “Construcciones Pinar de Chamartín, Sociedad Limitada”, “Corporación Sánchez Carrascal, Sociedad Limitada”, “Maynsa, Sociedad Limitada”, “Grupo Empresarial Pinar, Sociedad Limitada”, y “Grupo Pinar, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Acta de conciliación En Madrid, a 26 de junio de 2009.—Ante el ilustrísimo señor magistrado-juez don Ángel Juan Alonso Boggiero, de este Juzgado de lo social número 13 de Madrid, con asistencia de mí, la secretaria judicial, doña María Isabel Tirado Gutiérrez, constituidos a los efectos de celebrar el acto de conciliación, comparecen: como demandante, don José Álvarez García, con documento nacional de identidad número 3802567-T, asistido del letrado don Martín Ochoa Díaz, con número de colegiado 78.723, y como demandado, en representación de “Grupo Empresarial Pinar, Sociedad Limitada”, comparece don José Antonio Gutiérrez Moraleda, con documento nacional de identidad número 3776857-G, y poder de representación otorgado en Madrid el día 4 de febrero de 2008 ante el notario don José María Regidor Cano, con número de protocolo 328, que exhibe y retira en este acto. Exhortadas las partes por el magistrado-juez para que lleguen a una avenencia, advirtiendo a estas de los derechos y obligaciones que pudieran corresponderles y sin prejuzgar el contenido de la eventual sentencia, se consigue un acuerdo en los siguientes términos: El trabajador, con carácter previo, desiste de “Desarrollos Inmobiliarios Pinar, Sociedad Limitada”, “Corporación Sánchez Carrascal, Sociedad Limitada”, “Maynsa, Sociedad Limitada”, “Grupo Pinar, Sociedad Anónima”, y “Construcciones Pinar de Chamartín, Sociedad Limitada”. La empresa reconoce la improcedencia del despido con efectos desde el día 30 de abril de 2009 y ofrece por el concepto de saldo y finiquito la cantidad neta de 26.646,98 euros, que serán abonados por “Proyecto Dirección y Control de Obras, Sociedad Limitada”, de dicha cantidad, corresponden 24.814,12 euros a indemnización y 1.832,86 a liquidación de vacaciones y paga extra, no existiendo cantidad alguna en salarios de tramitación. El abono se hace en este acto, mediante talón de 24.814,12 euros de “Caja de Ávila”, serie C, número 9.695.136/34200/0, correspondiente a la indemnización, y el resto, 1.832,86 euros, mediante transferencia bancaria a la cuenta en la que el trabajador venía percibiendo sus salarios en el plazo de cuarenta y ocho horas. El trabajador acepta declarar como extinguida la relación laboral con la demandada “Proyecto Dirección y Control de Obras, Sociedad Limitada”, y “Grupo Empresarial Pinar, Sociedad Limitada”, en fecha 30 de abril de 2009, a todos los efectos, no teniendo nada más que reclamar contra la empresa a raíz de los contratos que generaron la presente reclamación. Su señoría aprueba el acuerdo obtenido por las partes, ordenando se proceda seguidamente al cierre y archivo de las presentes actuaciones. Con lo que se da por terminado este acto, del que se extiende la presente acta que firman los que en la misma intervienen después de su señoría y de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Pinar de Chamartín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 1 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/33.203/09) |