Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091022-0236

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 168 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Santos Alcón, contra la empresa “Glopamar, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 24 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Francisca Arce Gómez.—En Madrid, a 24 de septiembre de 2009.

Dada cuenta; por presentados los dos anteriores escritos por la parte actora; uno, con fecha 4 de febrero de 2009, y otro, con fecha 17 de abril de 2009, recibidos en este Juzgado con fechas 5 de febrero de 2009 y 20 de abril de 2009, respectivamente, únanse a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de fecha 10 de diciembre de 2008 a la empresa “Glopamar, Sociedad Limitada”, a favor de la demandante doña María José Santos Alcón, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, tercero, el día 12 de noviembre de 2009, a las once y cuarenta horas de su mañana, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esta cuestión.

Cítese en legal forma a tal fin a las partes, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia. Asimismo, cítese al Fondo de Garantía Salarial a dicho acto a los fines legales procedentes.

Al otrosí del escrito de ejecución: no ha lugar al no considerarse necesario para la resolución del incidente.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Glopamar, Sociedad Limitada”, para el caso de resultar negativa la notificación personal e ignorarse su paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.977/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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